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Mejoramiento genético:  Capacidad adquirida por el "MVZ" para manipular el germoplasma, así como para evaluar, elegir, transmitir y modificar caracteres o rasgos genéticos diferenciales, en individuos y poblaciones de animales, cambios que son expresados por un tipo de animal considerado como ideal para su medio, con respecto a su actitud corporal, funcional, sanitaria o productiva; a su comportamiento, rendimiento, o la calidad de sus productos; a sus cualidades para la experimentación o aquellas de orden estético.  Esta actividad no es exclusiva del "MVZ".

Reproducción:  Aplicación del conocimiento morfológico, fisiológico, patológico y terapéutico, así como del relativo al comportamiento normal de las especies animales, para mejorar y aumentar su capacidad reproductiva, y con ello prevenir o corregir, en su caso, disfunciones o enfermedades sexualmente transmitidas o que afectan los procesos reproductivos, así como la responsabilidad profesional de la sanidad en el procesamiento de semen; son actividades de la competencia exclusiva del "MVZ". Los métodos o técnicas para lograr la gestación que son de uso común y generalizado, no son exclusivos del "MVZ".

Administración de recursos forrajeros: Intervención del "MVZ" en relación a la capacidad de producción y conservación de granos, forrajes, subproductos y esquilmos agrícolas y agroindustriales destinados a la alimentación directa o indirecta de los animales, cuidando su inocuidad y protección de la salud pública.  Esta actividad no es exclusiva del "MVZ".

Alimentación y nutrición: Elección y combinación de nutrientes, promotores del crecimiento, y de la calidad de los productos pecuarios, antimicrobianos y otros aditivos, que el "MVZ" indica se suministren a los animales mediante diversos métodos de alimentación, cuyo propósito es lograr un equilibrio entre consumo y demanda de nutrientes para satisfacer las necesidades de mantenimiento y producción de los animales, y satisfacer las demandas requeridas para el mercado de estos productos.  Esta actividad también la pueden realizar otros profesionales calificados de las ciencias biológicas, exceptuando la prescripción para el uso de productos químico-farmacéuticos como aditivos, antimicrobianos y promotores del crecimiento, así como dictámenes sobre la calidad de los productos pecuarios, que son de la competencia exclusiva del "MVZ".

Diseño de edificios e instalaciones para animales:  Aplicación de las técnicas de diseño con fines zootécnicos y ecológicos, para utilizar, crear, estabilizar o modificar el entorno inmediato del animal, de modo que las edificaciones, instalaciones e implementos, correspondan a las exigencias bioclimáticas, anatómicas y fisiológicas que garanticen su bienestar en las actividades productivas, de trabajo, de compañía y de experimentación.  Esta actividad no es exclusiva del "MVZ".

Administración pública, pecuaria y sanitaria:  Modalidades bajo las que el "MVZ" realiza gestiones públicas para que se cumplan las disposiciones del marco jurídico federal, estatal y municipal, que norman las actividades agropecuarias y sanitarias.  Esta actividad no es exclusiva del "MVZ", excepto cuando es establecida como tal en una norma oficial mexicana, reglamento o ley.

Autogestión y administración de empresas agropecuarias e industrias afines:  Forma en que el "MVZ" proyecta y dirige la estructura y funcionamiento de una empresa, a fin de que se cumplan los objetivos para los que fue creada.  Esta actividad no es exclusiva del "MVZ".

Desarrollo rural:  Acciones que el "MVZ" ejerce para atender en su contexto real la problemática de productividad, educación y bienestar de la población campesina, en aspectos propios de la profesión, así como para contribuir a su mejoramiento económico. Esta actividad no es exclusiva del MVZ.

Protección del ambiente: Conjunto de acciones que el "MVZ" debe promover para la preservación de la biodiversidad y el control del impacto ambiental negativo originado por el uso, con fines económicos, sociales y culturales, que el hombre da a los animales.  Ésta actividad la pueden realizar otros profesionales calificados.

Investigación y docencia: En las áreas de la salud, producción y economía pecuarias, tecnología y calidad de alimentos, salud pública veterinaria y conservación y protección del ambiente.  Esta actividad la pueden realizar otros profesionales calificados.

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